Consulta el documento para la elaboración de este nuevo Reglamento Municipal, el cual estará expuesto durante el plazo de 20 días naturales durante los cuales la ciudadanía podrá realizar las aportaciones que estime convenientes.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2025, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de redacción del Reglamento Regulador del Registro Municipal de Asociaciones del Municipio de Marchamalo, se elabora el presente documento de Consulta Pública Previa a través del Portal Web del Ayuntamiento de Marchamalo, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

 

  1. Los problemas que se pretende solucionar con la iniciativa
  2. La necesidad y oportunidad de su aprobación
  3. Los objetivos de la norma
  4. Las posibles soluciones alternativas reguladoras y no reguladoras

Se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, por plazo de 20 días hábiles a contar desde la publicación del presente anuncio en la página web municipal, a través de los siguientes medios:

  • Telemáticamente: a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Marchamalo: https://marchamalo.sedelectronica.es, a través de “instancia general”. Para poder utilizar este medio se debe disponer de DNI o certificado electrónico.
  • Presencialmente: en los horarios de funcionamiento del Registro del Ayuntamiento de Marchamalo, ubicado en el Servicio de Atención a la Ciudadanía (Plaza Mayor, 1).
  • Por correo: conforme a lo establecido en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documento de Consulta Pública

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