La Consejería de Sanidad de la JCCM ha decidido prorrogar las medidas de prevención de la COVID-19 de Nivel 2 (el vigente hasta ahora en Marchamalo) en toda la región, por un periodo adicional de 10 días.

La Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a decidido prorrogar por un plazo adicional de 10 días las medidas de Nivel 2 para la contención de la propagación de la COVID-19 en toda la región. Por lo tanto, las restricciones hasta ahora vigentes en Marchamalo continuarán sin cambios hasta el próximo día 7 de enero, con posibilidad de prórroga.

Se mantienen las mismas medidas que hasta ahora, por lo que continúan sin alteraciones las actividades de las Escuelas Deportivas y Culturales, con la novedad de que vuelve a permitirse la asistencia controlada de público a las competiciones deportivas federedas (máximo de un 30% de aforo y 300 asistentes en espacios cerrados, y un máximo del 50% y 500 asistentes en espacios abiertos, siempre sentados). Los mercadillos ambulantes seguirán prestando servicio al 30% de su aforo total y guardando 4 metros de distancia entre puestos, mientras se mantienen las medidas de vigilancia respecto a las nuevas restricciones en establecimientos de hostelería y comercios. Los parques infantiles y zonas de recreo continuarán con las mismas medidas de restricción que hasta ahora, estando prohibido su uso entre las 21.00 y las 10.00 horas.

Por otro lado, el cierre perimetral de la comunidad autónoma que impide entrar y salir del territorio de la misma volverá a estar vigente a partir del mismo día 7 de enero.

 

Medidas de ámbito municipal

  • Supresión de actividades colectivas de ocio.
  • Suspensión de eventos deportivos y culturales promovidos por el Ayuntamiento, por asociaciones, peñas o por particulares.
  • Las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse con un aforo máximo de un 30% para espacios cerrados hasta un máximo de 300 asistentes, y un 50% de aforo máximo en espacios abiertos hasta un máximo de 500 asistentes y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso. En ambos casos se deberá contar con butaca preasignada, y en caso justificado de que no fuera posible, establecer las medidas pertinentes para asegurar en todo momento el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal. Se podrán celebrar competiciones deportivas no federadas siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.
  • Cines, teatros y auditorios limitarán su aforo al 30%.
  • Bibliotecas y Museos: se limita su aforo al 30%.
  • Los hoteles sólo podrán contratar el 75% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50%.
  • Cierre de la Piscina Municipal y otras instalaciones recreativas de este tipo de uso público independientemente de su titularidad.
  • Las piscinas comunitarias de bloque de edificios no podrán superar el 25% de su capacidad
  • Suspensión de espectáculos deportivos con asistencia de público.
  • Supresión de espectáculos taurinos
  • Los mercadillos podrán prestar servicio a un 30% de su capacidad (o ampliando el espacio que ocuparan antes en una superficie equivalente) y con una separación de 4 metros entre puestos.
  • Cierre cautelar de parques y jardines entre las 21.00 y 10.00 horas
  • En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.
  • Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50%, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.

Actuaciones sobre locales de ocio

  • Cierre de discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo.
  • Cierre de casinos, hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
  • Supresión del servicio de barra en todos los bares y restaurantes de la localidad. El aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad se reducirá al 50% del máximo que tuvieran establecido previamente.

Centros socio-sanitarios

  • Suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día.
  • Supresión de visitas sociales en Residencias de Mayores, Viviendas Tuteladas de Mayores y Centros Sociosanitarios. La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.
  • No se permitirán salidas de residentes salvo razones de fuerza mayor. Al reingreso deberán permanecer en cuarentena durante 14 días con realización de PCR al principio y final de la cuarentena.
  • A los trabajadores que tras su periodo vacacional se incorporen a las residencias de ancianos y viviendas tuteladas se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.

Actividades religiosas

  • Todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 40% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal.
  • Restricción del número de personas en velatorios y cortejos fúnebres (máximo 6).
  • Restricción del número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos a un 40% del aforo del espacio donde se celebre. En espacios al aire libre de debe respetar siempre la distancia de seguridad no debiendo superar el máximo de 100 personas.
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